La tecnología tiene el potencial tanto de acercar como de alejar los ideales tradicionales del derecho. Estos son los retos a los que se enfrenta la tecnología jurídica o ‘legaltech’
Este concepto se ha ido expandiendo con el tiempo para incluir no solo a las empresas que desarrollan herramientas tecnológicas para ayudar a los abogados sino también a las nuevas firmas proveedoras de servicios jurídicos, que se crean ‘ex novo’ con base fundamentalmente tecnológica, y en las que la mayoría de los empleados son ingenieros y científicos de datos. Esta nueva dimensión tiene dos objetivos: dar asesoría jurídica a clientes finales y prestar servicios de consultoría tecnológica a firmas ‘tradicionales’. Estas firmas colaboran en algunos aspectos con las tradicionales, y compiten en otros.
El efecto del ‘legaltech’ en el ejercicio de la asesoría jurídica —tanto en el ámbito de la empresa como en el de las firmas de abogados— ha supuesto una generación mayor de competencia en el sector, con el consiguiente efecto positivo en la calidad de los servicios y en la reducción de los costes asociados. Si bien estos beneficios se han limitado en un principio a las grandes firmas y a algunas ‘startups’, dada la elevada complejidad y los costes asociados a la integración de las soluciones tecnológicas en la práctica jurídica. Asimismo, la progresiva reducción de los costes de desarrollo de tecnologías y la creciente familiaridad de los juristas con estas últimas han ido permitiendo que un número creciente de operadores acometan el desarrollo de nuevas herramientas tecnológicas para resolver todo tipo de problemas existentes en los sistemas legales, algunos ya antiguos y otros más novedosos.
Retos del ‘legaltech’
Un primer reto que los emprendedores con base tecnológica se han propuesto resolver es el de las limitaciones en el acceso al sistema de Justicia de millones de personas en todo el mundo, dados los costes y la falta de conocimientos sobre el derecho. Así, iniciativas como el World Justice Projecttienen como misión la promoción del acceso a la Justicia mediante el apoyo a iniciativas con base tecnológica a lo largo y ancho del mundo.
Un segundo reto tiene que ver con la posibilidad de redactar las normas de un ordenamiento jurídico en lenguajes de programación, de manera que se automatice su aplicación a casos concretos, generando ahorros de tiempo y dinero e incrementando la predictibilidad del sistema. Este es un objetivo de la disciplina conocida como Computational Legal Studies (CLS) que se originó en la Universidad de Stanford.
Un tercer reto, relacionado con el anterior, tiene que ver con la capacidad de determinar, predecir, ‘ex ante’, y de monitorizar después el comportamiento de los operadores jurídicos, tanto de naturaleza privada como pública, en su propia actividad, en las interacciones entre ellos y con el sistema legal en su conjunto. Un ejemplo es el trabajo de Dan Martin Katz y su equipo en la Universidad de Chicago-Kent, que ha hecho posible predecir con un elevado índice de acierto el sentido de las sentencias del Tribunal Supremo de los Estados Unidos, basándose en un análisis de todas las decisiones del alto tribunal.
Los ‘smart contracts’ plantean ventajas en el ámbito público, como, por ejemplo, la posible reducción en el número de infracciones dentro del sistema
Un ejemplo aún más sofisticado tiene que ver con los esfuerzos actuales dirigidos a modelizar el comportamiento de sistemas legales en su conjunto, mediante la conceptualización de estos como sistemas adaptativos complejos, que permiten estudiarlos con herramientas procedentes de las llamadas ciencias de la complejidad. La modelización y automatización de las consecuencias derivadas de comportamientos futuros de los operadores en sus interacciones de mercado forma parte de los llamados ‘smart contracts’. Este concepto plantea adicionalmente ventajas potenciales en el ámbito público ligadas, por ejemplo, a la posible reducción en el número de infracciones dentro del sistema. ¿Cómo? Gracias a la utilización de herramientas tecnológicas en el ámbito del ejercicio que tradicionalmente la policía lleva a cabo en las administraciones públicas. Otra ventaja similar se puede producir a través de la posible modelización de conflictos futuros entre particulares con vistas a encontrar soluciones preventivas que minimicen los costes derivados de posibles litigios.
Un cuarto reto, relacionado con el anterior, es el de tratar de modelar, ‘ex ante’, un sistema normativo en su conjunto, así como en su interacción con otros sistemas normativos, a nivel global, regional o local. La creciente complejidad de marcos jurídicos y regulatorios a nivel global para conseguir metas ambiciosas como las ligadas a los objetivos de desarrollo sostenible de la ONU provoca que la capacidad de modelizar las interacciones entre ordenamientos (a todas las escalas), cuyo fin es medir su impacto sobre dichos objetivos, adquiera un gran interés. Este tema es un recurrente en conferencias sobre CLS en todo el mundo.
Tecnología, derecho y el futuro de la sociedad
La integración de la tecnología en el derecho plantea otros retos aún más profundos. Todos ellos derivados de las implicaciones que el conjunto de avances acelerados en el ámbito de la genómica, la robótica, la inteligencia artificial y la nanotecnología están teniendo en la sociedad. Por ejemplo, cada vez se habla con más frecuencia de las posibilidades que la tecnología brinda para el llamado ‘mejoramiento’ humano, por el que la tecnología puede integrarse en la corporalidad de los individuos para compensar determinadas discapacidades o incrementar las capacidades naturales.
Efectivamente, la posibilidad, cada vez más real, de que existan personas que puedan considerarse ‘ciborgs’ plantea numerosos retos al derecho, derivados de su propia calificación jurídica, así como de los derechos y obligaciones intrínsecos. El derecho como disciplina académica se plantea, desde hace años, cómo afrontar esta realidad de humanos ‘mejorados’ con el objetivo de adelantarse a los retos que pudieran derivarse.
Por otro lado, hay que considerar la capacidad creciente de los poderes públicos para emplear herramientas de localización, de reconocimiento facial, de interpretación de sentimientos, de monitorización de constantes vitales o de simples comportamientos en el ámbito público o privado para realizar labores de policía, tanto en su vertiente preventiva como en su vertiente punitiva, así como las posibles consecuencias que puedan derivarse para el ejercicio de los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos, ya sean ‘ciborgs’ o no. Algunas decisiones del Gobierno chino que han aparecido en los medios han causado alarma por su capacidad de intrusión en la esfera de la intimidad personal y familiar.
La tecnología tiene el potencial tanto de acercar el ideal tradicional del derecho de garantizar el orden y la paz como de alejarlo aún más
Otra posible consecuencia más general tiene que ver con las asimetrías que la tecnología genera en el conocimiento, interpretación y aplicación del derecho, que pueden ser muy notables y exacerbar las diferencias de tratamiento que unos y otros pueden recibir en el ámbito del derecho. Si el derecho es la búsqueda permanente de lo justo para garantizar el orden y la paz social, la tecnología tiene el potencial tanto de acercar ese ideal como de alejarlo aún más y, además, a nivel global, por la propia naturaleza de los avances tecnológicos.
Por eso, tanto el uso de la tecnología en el mundo del derecho como las soluciones jurídicas a los retos tecnológicos tienen una dimensión de bien público de primer orden y han de ser sometidas a constante atención y escrutinio. La aparición de plataformas de estudio de la innovación en el ámbito del derecho y la tecnología en algunos países del mundo, en régimen de colaboración público-privada y con una involucración fuerte de universidades de prestigio (por ejemplo, el programa ‘Future Law Innovation Programme’ de la Singapore Academy of Law), es una novedad que ha de ser aplaudida por su capacidad de detectar ventajas e inconvenientes de la transformación tecnológica del derecho, así como de proponer soluciones.
Fuente: elconfidencial.com
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